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    Se presume culpable

    por | Jul 26, 2017 | Archivo 1999-2005, Opinión | 0 Comentarios

    La situación es irreversible. Su suerte está echada. Si bien aún no existen elementos de convicción que permitan decidir en uno u otro sentido, ya  ha sido señalado. Y ello es suficiente: se Presume Culpable.

    No hay indicios ni elementos de culpabilidad. Quienes lo señalan no han suministrado números, cifras o datos; en fin, no han aportado pruebas que lo comprometan. Solo les «luce» culpable.

    De manera que sobre la base de una percepción están presto a condenarle. No es necesario reunir evidencias que demuestren su culpabilidad. Eso solo funciona, dirán ellos, en los países desarrollados. Y es que, además, nosotros no somos suizos.

    Y si no somos suizos, ¿cómo se nos va a decir que debemos comprobar antes de condenar?. ¿A quién se le ocurre pedir que formemos una Policía realmente técnica, capaz de desarrollar investigaciones verdaderamente científicas, y que además, respete los más elementales derechos humanos?. Eso es demasiado pedir. ¿Por qué hacer aquello, si es mucho más fácil partir de la Presunción de Culpabilidad?. Después de todo ¿qué tiene de malo ser troglodita?

    Así que es mejor continuar con una policía no obligada a ser eficiente; que aunque poco técnica y nada científica, sabe muy bien usurpar al Poder Judicial en ese asunto -no muy importante por estos lados del trópico- de administrar la justicia penal. Así podrá seguir decidiendo, discrecionalmente, cuando quiera, como quiera y donde quiera, a quien se le debe limitar ese Derecho Humano calificado de fundamental (que no importante; recuérdese: no somos suizos) cual es el de la Libertad, al punto de que por una infracción de transito o por cualquier otra causa, que a bien tenga el funcionario considerar -no importa lo nimia que esta sea- puede, sin más, encerrarte.

    Pero, volvamos a nuestro amigo. Sabemos que aunque sus acusadores y jueces (que son ambas cosas al mismo tiempo) no han fundamentado sus acusaciones en hechos o datos concretos, su suerte está echada. Lo que nunca vamos a saber es si en realidad fue culpable. Y es que podría serlo (aunque en lo personal lo dudo), pero la incógnita no se despejara, pues no habrá investigación seria; la percepción de su culpabilidad será suficiente. Fácilmente se advierte que lo censurable no es que se considere la posibilidad de que sea el responsable. Lo que parece inadmisible es que a partir de esa consideración, basada en simples percepciones, se presuma su culpabilidad y más aun, se produzca su condena. Pero así deben ser las cosas, pues nosotros no somos suizos.

    Finalmente, no se si nuestro amigo podrá salirse de ésta. La situación es bien cuesta arriba. Quienes lo señalan provienen de los 2 sectores que en la actualidad ejercen el Poder en nuestro país. Supongo que ya lo identificaron: me estoy refiriendo al Poder Ejecutivo y a los medios de Comunicación.

    Y si de identificación se trata, ¿quién es nuestro amigo?. Puedo decir que vino a la vida con grandes expectativas; pocos como él tenían un proyecto de vida tan excelso como trascendental. Su misión era acabar con un sistema primitivo, inhumano, corrupto y denigrante. Y los que queremos tener un país, al menos medianamente civilizado, teníamos nuestras esperanzas puestas en él. Pero lo que a nuestro amigo le sucede no debe extrañar; la vida suele reírse de nosotros con ironía. Y ahora lo hace de él; puesto que no deja de ser paradójico que justamente, quien estaba llamado a poner fin a un conjunto de iniquidades, salvajismos y perversiones termine siendo víctima de esos mismos vicios.

    Si quienes me leen no han identificado aún a nuestro amigo, les diré que nació el 20 de enero de 1998; que su acta de nacimiento viene incluida en la Gaceta Oficial No 5.208 del 23 de enero de ese mismo año; que es hijo de múltiples padres y múltiples madres; que fue muy querido entre profesores y alumnos de las escuelas de Derecho de nuestras Universidades, desde que estaba en periodo de gestación; que su entrada en sociedad se produjo el 1ero. de julio de 1999. Su nombre: Código Orgánico Procesal Penal, mejor conocido como el COPP.

    Septiembre de 1999

    Por Juan Candelario

    juan@juancandelario.com
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    Por Juan Candelario

    Es abogado, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello, en Caracas, Venezuela (una de las 50 mejores universidades de Latinoamérica, según el QS World University Rankings, 2016). Doctorando en Derecho y con estudios en Derecho Económico y Derecho de la Integración, así como en Derecho Corporativo y Derecho de los Negocios, enfoca su práctica profesional en operaciones, transacciones y asuntos corporativos y financieros de alto nivel. En particular, aquellos altamente complejos y con aspectos multijurisdiccionales o transfronterizos.